Los que trabajamos en comprender y apoyar el desarrollo infantil, lo hacemos para poder promover su bienestar. La psicología ha sido relacionada históricamente con el estudio de la mente. Una visión muchas veces criticada. No es la intención de esta columna entrar en ese debate, simplemente señalar que desde la sociedad chilena de desarrollo emocional (SCDE) comprendemos la mente como un ente dependiente del contexto. Es así como nos enfocamos en la “mente interpersonal” que incluye individuo y contexto en un proceso transaccional de desarrollo en que las experiencias dan forma a las características individuales a través del tiempo, pero en que también las características individuales dan forma a las experiencias (Sameroff). Asimismo, concordamos con el planteamiento que la subjetividad humana se construye en base a las condiciones de reconocimiento que provee el ambiente en que se desarrolla. Se podría decir entonces que la subjetividad humana estaría basada en su intersubjetividad (Bernstein, 1984). 

Desde este punto de vista no nos podemos/debemos quedar indiferentes ante las condiciones contextuales. Tomando lo recién planteado. Éstas se refieren a todo evento o condición fuera del organismo que afecta o es afectado por el desarrollo de la persona (Bronfenbrenner &Crouter, 1983, p. 359). Son parte el contexto las redes de apoyo, condiciones  laborales, comunidad, nivel socioeconómico y nuestros marco legislativo y constitucional.  Entonces me parece pertinente tener una postura desde mi disciplina respecto a la nueva constitución y el rol que los niños debiesen tener en ella.

Como muchos deben saber, en la constitución chilena no se reconocen formalmente ni a la infancia ni los derechos del niño (incluido su interés superior). 

El no reconocimiento de los derechos del niño/a refleja una noción de infancia basada en dos ideas desactualizadas y nocivas respecto a la infancia: 

  1. que los niños son “entes pasivos” por lo que pueden ser propiedad (o una extensión) de sus padres o del estado- y se puede ejercer dominio pleno sobre ellos
  2. que los niños son “adultos incompletos”, es decir, que aún no poseen los poderes y capacidades que caracterizan a los seres humanos “adultos”. 

Estas ideas – desde la evidencia científica – no tienen asidero por lo cual deben ser erradicadas y reemplazadas por una visión actualizada sobre la infancia. Desde la psicología y en especial desde el modelo transaccional y sistémico el aporte activo del mismo niño en su desarrollo ha sido estudiado e ilustrado empíricamente (un ejemplo entre varios, Lengua & Kovascs, 2005). 

En la actual constitución los niños/as son sujetos de protección, lo cual conlleva una conceptualización de los niños/as como “débiles” y “dependientes” que necesitan ser “protegidos” por el derecho. Volviendo al inicio de este artículo ¿qué tipo de contexto crean estas definiciones? Crean un en que por ejemplo, las decisiones que competen a los niños/as son tomadas por ellos, negándoseles el derecho a participar en ese proceso. También genera un contexto en que los niños/as no son considerados como ciudadanos con los mismos derechos que un adulto. 

En cambio, si la constitución reflejase una visión actualizada de los niños/as entonces se considerarían sujetos de derecho, dándoles un status de un ciudadano pleno, con sus derechos y con sus obligaciones. También implica que tiene autonomía progresiva, y que debe ser oído y considerada su opinión cuando se tome una decisión que le afecte, de acuerdo con su edad y grado de madurez*. 

Este reconocimiento del estatus legal de persona de los niños configura un contexto distinto, en que el Estado les debe garantizar derechos legales tanto civiles (garantizando libertad), como políticos (garantizando participación) y sociales (garantizando bienestar). Además los visibiliza y permite dotar de mayor claridad y precisión respecto a los límites poderes y obligaciones que se derivan de la Convención de los Derechos del Niño.  

Un cambio en la constitución no hará desaparecer las vulneraciones y maltratos a los niños/as. Nos queda mucho trabajo aun, pero sienta las bases de un país que se compromete a cuidar y promover el bienestar de los niños/as y ayuda a crear un imaginario social en que los niños son valiosos tan solo por ser niños/as. 

Psicóloga, Magíster en Human Development, Specialization Developmental Science, University of Maryland. Doctora en Human Development and Quantitative Methodology, University of Maryland, EE.UU. Jefa del Laboratorio de Familia (FAIN), Universidad del Desarrollo. Candidata Constituyente Distrito 6.

 

 

 

* En este punto en especial nuestra disciplina – y varias otras que se dedican a estudiar el desarrollo infantil – tienen una labor preponderante al socializar y difundir los conocimientos que ayuden a determinar cuando un niño /a está en condiciones de dar su opinión, ya que no están establecidos los criterios específicos.